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MEDIACIÓN. Cómo sobrevivir al divorcio

¿QUÉ DECIR DE LA MEDIACIÓN?

Intentaré ser breve, pero creo que no podía hacer un «cursillo de cómo sobrevivir al divorcio» sin al menos hacer una breve reseña de la figura del mediador/a familiar. Y más ahora que flota en el ambiente un proyecto para convertir la mediación previa al divorcio en obligatoria.

Supongo que a estas alturas mucha gente o casi todo el mundo sabe qué es un/a mediador/a familiar. Su propio nombre lo indica, quien media entre las partes en un divorcio para que éstas lleguen a acuerdos, evitando así el procedimiento contencioso. De lo que implica un divorcio contencioso frente a uno de mutuo acuerdo ya os he hablado en la entrada del blog dedicada a reflexiones previas a iniciar los trámites. Os dejo el enlace https://xn--mariamario-19a.es/2018/10/22/5a-entrada-de-como-sobrevivir-al-divorcio-antes-de-iniciar-los-tramites/

Lo que igual no sabe todo el mundo y normalmente me toca explicar a los clientes es cómo desarrollan su actividad los mediadores.

Existen dos tipos de mediación: mediación extrajudicial y mediación intrajudicial.

Aunque las dos tienen la misma finalidad (alcanzar acuerdos entre las partes a fin de evitar el conflicto en el divorcio), hay ligeras DIFERENCIAS entre ambas:

Mediación extrajudicial:

Es previa al procedimiento judicial; no suspende el procedimiento judicial; el mediador es elegido por las partes, quienes abonan sus honorarios.

Mediación intrajudicial:

forma parte del procedimiento de divorcio contencioso, pudiendo ser acordada  por el Juez de oficio (es decir, sin que nadie se lo pida) o previa solicitud de alguna de las partes o de las dos, de común acuerdo; suspende el procedimiento; las partes se derivan a un servicio que, mediante convenios con la administración pertinente, suelen gestionar los colegios profesionales.

Os dejo un enlace que os será de utilidad para localizar los Juzgados en los que existe esta posibilidad de solicitar la mediación intrajudicial.

SIMILITUDES: En todo lo demás en nada se diferencia la mediación intrajudicial y extrajudicial, que se desarrollan de la misma manera.

DESARROLLO DE LA MEDIACIÓN

VOLUNTARIEDAD: Tanto en la mediación extrajudicial como en la mediación intrajudicial el sometimiento a mediación es voluntario.

CONFIDENCIALIDAD: Lo que se habla en mediación queda en mediación. No se puede utilizar por ninguna de las partes en el procedimiento judicial y el mediador está obligado a la confidencialidad.

IMPARCIALIDAD: El mediador es una figura imparcial por definición. No está a favor de ninguna de las partes, se limita a ayudar a las mismas a exponer sus argumentos, transmitirlos entre ellas e intentar que sus posturas se acerquen, llegando a un acuerdo respecto de las medidas del divorcio que satisfaga a los dos. Se podría decir que es una especie de árbitro en su conflicto de divorcio.

FORMACIÓN DEL MEDIADOR: Los mediadores pueden provenir de varios campos, esencialmente, el Derecho y la Psicología. Tanto unos como los otros deben estar acreditados como mediadores, y tener conocimientos de técnicas de mediación y negociación. En las mediaciones intrajudiciales suelen existir equipos multidisciplinares que abarcan las dos vertientes (psicología y abogacía).

NECESIDAD DE ABOGADO: Los abogados seguimos siendo necesarios, aunque existe mediación, puesto que los mediadores no tienen por finalidad asesorar a las partes. Necesitaréis que alguien os explique las consecuencias jurídicas que conllevan los acuerdos que se puedan alcanzar en la mediación a la que os habéis sometido para evitar el conflicto en vuestro divorcio.

INCOMPATIBILIDADES: Quien sea abogado, aunque lo sea de las dos partes, y por tanto, imparcial, no puede a su vez ejercer como mediador en el conflicto. Se trata de una clara incompatibilidad. Ya sé, los abogados a veces parecemos más mediadores o negociadores que expertos en Derecho, pero eso no significa que seamos mediadores, la mediación se desarrolla de una manera muy concreta y diferente a la consulta con un abogado.

DESARROLLO DE LA MEDIACIÓN:

La mediación se lleva a cabo en sesiones: La primera sesión siempre es meramente informativa. En ella se explica a cada una de las partes en qué consiste la mediación, los objetivos a alcanzar en la misma, se presenta el mediador y se solicita de las partes en conflicto su autorización para someterse a mediación.

Las siguientes sesiones pueden ser conjuntas o por separado, normalmente según haya un grado de conflicto o animadversión significativo de las partes, o el buen rollo que prime en su divorcio.

El número de sesiones varía y el precio que cobra cada profesional por ellas también. Pero normalmente entre cuatro y seis son suficientes. A veces, incluso menos.

Acabada la mediación, el mediador emite un informe. Y os preguntaréis ¿sobre qué emite un informe si las sesiones son confidenciales? Pues sobre el número de sesiones, fechas y si ha habido acuerdo o no. Si se ha alcanzado un acuerdo de las partes respecto de los efectos de su divorcio, además deberá redactarlo de manera comprensible para las partes.

QUÉ PASA DESPUÉS DE LA MEDIACIÓN:

Pueden darse dos situaciones:

  1. No hay acuerdo: Si la mediación era extrajudicial, las partes, asesorados por sus respectivos abogados, inician un procedimiento de divorcio contencioso.
  2. Hay acuerdo: Si como consecuencia de la mediación las partes alcanzan un acuerdo sobre los efectos de su divorcio, el mediador lo redactará y las partes los firmarán. Pero, *y aquí volvemos a ser necesarios los abogados, el acuerdo no se puede presentar al Juzgado tal cual, es necesario que los abogados de las partes lo transformen en un convenio regulador que cumpla con los requisitos legales. Una vez hecho ésto, tanto si es mediación intrajudicial como extrajudicial se tramita un procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo. Tendréis que ir al Juzgado a ratificar el acuerdo, el Fiscal informará acerca del mismo (si tenéis hijos menores) y, si no hay problemas, será aprobado judicialmente y estaréis divorciados.

*¿Mi postura frente a la mediación?

Es muy positiva. La recomiendo con fervor:

En primer lugar, porque soy una firme defensora de la idea de que lo que acordamos entre nosotros lo cumpliremos con mayores ganas.

En segundo lugar, porque he visto auténticos milagros en mediación intrajudicial (desde progenitores que hacía años que no se hablaban, ni tenían una relación normalizada con sus hijos que consiguen llegar a acuerdos en los que se normaliza las relaciones paterno-filiales perdidas hasta dar el brazo a torcer clientes que venían con una idea totalmente contraria a los acuerdos alcanzados finalmente en beneficio de sus hijos).

Si todavía no os habéis aburrido del cursillito, aquí os dejo el enlace a la siguiente entrada: el día del juicio.

https://xn--mariamario-19a.es/2018/12/17/el-dia-del-juicio-como-sobrevivir-al-divorcio/