Mi primer recurso ante el Tribunal Supremo fue toda una experiencia que os cuento en esta entrada de mi blog.
Turno de oficio
Todo empezó con una designación del Turno de oficio.
Como abogada de familia se me había pasado por la cabeza recurrir ante el Tribunal Supremo varias veces.
Pero siempre, una vez examinados los riesgos, los clientes habían decidido no intentarlo. Creo que les infundía mi propio miedo. El Tribunal Supremo da vértigo a cualquier abogado, da igual su especialidad.
Pero, hace aproximadamente un año no tuve elección.
Me llegó un correo electrónico del Colegio de Abogados en el que me designaban para un asunto del Turno de Oficio: la presentación de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Hasta ese momento el pleito lo había llevado una abogada particular. Pero cuando la Audiencia Provincial le quitó la razón, el cliente decidió solicitar justicia gratuita.
Las designaciones del Turno de Oficio sólo se pueden rechazar por motivos muy concretos. Uno de ellos es que el pleito no tenga posibilidad de prosperar. Enseguida vi que el recurso ante el Tribunal Supremo era viable. Es más, el error de la Audiencia Provincial era demasiado grave para dejarlo pasar.
Esta vez no había excusa. Había que presentar el recurso sí o sí.
Gracias a la amabilidad de los funcionarios de la Audiencia Provincial y de la abogada que había llevado el pleito hasta entonces pude tener toda la documentación previa y la grabación del juicio en tiempo récord.
Así que, a pesar del respeto que me provocaba presentar un recurso ante el Tribunal Supremo, me puse manos a la obra.
Formalidades
El Tribunal Supremo es un hueso duro que roer. Los recursos que se le pueden presentar tienen carácter extraordinario y, como tales, requieren unas formalidades especiales.
Siguiente paso: estudiar y bastante, por cierto.
Consulté varios artículos doctrinales, pedí libros en el Colegio de Abogados y me puse a construir mi recurso teniendo en cuenta cada uno de los muchos requisitos formales que aparecía en los libros.
El primero
El recurso sólo podía ocupar 25 páginas en fuente de word «Times New Roman» tamaño 12, con interlineado 1,5 y márgenes de 2,5 cm. Las transcripciones de sentencias y las notas a pie de página, también con un límite de extensión, podían ir a tamaño 10.
La verdad es que parece bastante exagerado, pero no es el requisito más difícil de cumplir.
El más complicado
En mi caso, el error de la Audiencia Provincial era de procedimiento, así que el recurso que yo creía que debía prosperar era el recurso extraordinario por infracción procesal.
Desde hace ya unos años, para su admisión, es decir, sólo para leerlo, antes de estudiar si te dan o no la razón, es necesario que cumpla otro requisito: que tenga interés casacional.
La cosa se complica.
Por un lado está el recurso de casación, para lo cual es necesario que:
. Tenga por objeto la defensa de algún Derecho Fundamental;
. la sentencia recurrida haya vulnerado la Jurisprudencia del Tribunal Supremo;
. haya jurisprudencia contradictoria de la Audiencias Provinciales;
. o que la Ley aplicada por la sentencia recurrida tenga menos de cinco años de vigencia y, todavía no exista Jurisprudencia del Tribunal Supremo respecto de su interpretación.
Además, según el Auto 3 de mayo de 2007 de la Sala Primera del Tribunal Supremo la causa del recurso tiene que estar en el meollo de la cuestión. Si el fallo que comete la Audiencia Provincial se refiere a cuestiones anecdóticas tampoco se leerán el recurso.
Cuando llegas a esta parte las piernas empiezan a temblarte. Por suerte, en derecho de familia tenemos ese maravilloso principio que lo puede todo: el interés superior del menor.
Pero no dejan de ser dos recursos en uno con ese escrito que no puede superar las 25 páginas. Para la abogacía, tan acostumbrada a enrollarse como persianas, es complicado.
Estructura
Por si todo lo que ya he dicho fuera poco, el recurso también tiene que tener una estructura muy determinada.
Primero has de presentar los antecedentes del caso: tienes que enumerar cada cosa que hay pasado en el procedimiento hasta entonces.
Después le toca el turno a los fundamentos jurídico-formales.
Tienes que explicar al Tribunal Supremo que has cumplido todas las formalidades previas, la norma concreta en la que fundamentas el interés casacional, justificar que tu cliente está legitimado para presentar el recurso, la fundamentación procesal de cada uno de los motivos del recurso por separado (en mi caso dos recursos -extraordinario por infracción procesal y casación-) y anuciar que acompañas el certificado de la sentencia recurrida.
Quienes no sois abogados supongo que ya estaréis aburridos y perdidos.
Os lo resumo: Hay que soltar un rollo infumable con el que se consumen un montón de páginas de las preciadas 25 que tienes como límite máximo. En mi caso fueron 6.
Finalmente llega la fundamentación pura y dura del recurso, la fundamentación jurídico-material. Cada motivo ha de estar presentado de manera clara e independiente, y citando los artículos infringidos. También para esto hay que seguir un orden:
1º. Motivos del recurso extraodinario por infracción procesal
2º. Motivos del recurso de casación.
¡Por fin llegas a lo que pides!
Y no, no basta con decir «Sres. del Tribunal Supremo, denme la razón». La petición tiene también unas cuantas formalidades. Tantas, que a mí el suplico (la parte de los escrito al Juzgado en lo que dices lo que pides), me ocupó otra página.
Como veis, un recurso ante el Tribunal Supremo conlleva todo un ritual en el que puedes perderte fácilmente si no no tienes mucha experiencia o una guía y formularios a mano para consultar.
Yo tuve en la mesa todo el tiempo varios libros que pedí en la biblioteca del colegio de abogados y los formularios que encontré en Vlex.

Un recurso ante el Tribunal Supremo es una especie de monstruo al que tienes que abordar con paciencia para hacerte con él y que no acabe contigo como si de un personaje de peli de terror se tratara.
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Problemas en el Tribunal Supremo
Todo empezó con un susto
Pero, no todo se acabó en mi caso con el trabajo de redactar el recurso y presentarlo.
Mi primer recurso ante el Tribunal Supremo siguió siendo un reto, incluso después de presentarlo.
¿Por qué?
La sala de admisiones del Tribunal Supremo, esas personas que deciden si tu recurso lo van a leer o no los magistrados, me dijo que igual no me lo admitían.

Ayuda
Entonces pedí ayuda. Algo que os recomiendo que hagáis si os llega una notificación de la sala de admisiones en la que os dicen que hagáis alegaciones porque existe la posibilidad de que no os admitan el recurso.
Yo tuve el apoyo de un compañero, Carlos Vázquez, que no dudó en echarle un vistazo a la resolución de la sala de admisiones y traducírmela. Y, después de guiarme, se leyó mi escrito de alegaciones por si hubiera metido la pata. Pero, lo más importante, me dio ánimos y estuvo a mi lado en todo el proceso.
Y acabó bien…
Finalmente, después del miedo inicial y las vicisitudes en la Sala de admisiones, mi primer recurso ante el Tribunal Supremo no sólo fue admitido, sino también estimado.
Aquí os dejo en enlace de Cendoj a sentencia.
Y de mi reacción, felicidad pura, dejé constancia en mis redes sociales. Tanto en Instagram como en Twitter o Linkedin.

Si habéis llegado hasta aquí y tenéis curiosidad, no os perdáis la próxima entrada en la que hago un análisis del caso y de la sentencia, ya desde el punto de visto jurídico.