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Las sentencias del Tribunal Supremo (Abril de 2024 a abril de 2025)

ORIGEN DE LA ENTRADA DEL BLOG

Las sentencias del Tribunal Supremo (abril de 2024 a abril de 2025), esta entrada de blog que estás a punto de leer, tiene un doble origen:

. Por una parte, entradas previas en las que hice recopilaciones de las sentencias del Tribunal Supremo, una iniciativa que empecé a llevar a cabo en 2019 y que el pasado 2024 retomé en una entrada relativa al primer trimestre del año que os dejo AQUÍ.

. Por otra parte, la suerte de que el magistrado del Tribunal Supremo, D. José Luis Seoane Spielgelberg venga cada año a las Jornadas de Familia que se organizan en A Coruña por el ICA Coruña y el Consello da Avogacía Galega. O dejo AQUÍ el resumen de las últimas.

LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO POR MATERIA

LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO EN RELACIÓN AL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR

El magistrado del Tribunal Supremo comenzó su ponencia haciéndonos un compendio de pensamientos sobre el interés superior del menor, a causa de la dificultad que implica entender y aplicar correctamente este concepto jurídico indeterminado.

Acabó esta introducción citando tres sentencias de 2024 en el que el Tribunal aborda la cuestión:

. 129/2024, de 5 de febrero hace un compendio de toda la Jurisprudencia relativa a la configuración del interés superior del menor, lo que la hace especialmente relevante si queremos fundamentar nuestras peticiones en este principio.

. 915/2024, de 26 de junio El tribunal estima el recurso de casación porque tras examinar las circunstancias concretas del caso y los menores a los que afecta, de acuerdo con la doctrina del Tribunal Constitucional, entiende que el interés superior se concreta en la suspensión de todo contacto son el padre para evitar el contexto de violencia contra el hijo.

. 981/2024, de 10 de julio analiza el interés superior del menor en relación con el establecimiento de una custodia compartida, que deniega.

AUDIENCIA DE LOS MENORES EN LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO

El ponente nos dio un listado de sentencias en las que, desde abril de 2024 hasta la actualidad, se analizó este derecho que asiste a los menores como requisito procesal básico:

. 268/2025, de 19 de febrero.- No es oído el menor, de 8 años, en el contexto de un litigio por la visita de allegados, alegando el Juzgado de Instancia su falta de madurez. Sin embargo, El Tribunal Supremo estima la casación y lleva a cabo una auténtico resumen de la doctrina constitucional y del TEDH sobre un derecho tan importante para los menores. Cita, entre otras, la STC 53/2024, de 8 de abril, en cuanto analiza el requisito de audiencia al menor y su especial trascendencia para determinar su interés superior.

. 1709/2024, de 18 de diciembre revoca la sentencia de segunda instancia y ordena revolver los autos a la Audiencia Provincial al entender nuevamente que el derecho al menor a ser escuchado implica la nulidad de actuaciones. La Audiencia había dado por escuchado al menor (de más de 12 años) a través del informe psicosocial. El Tribunal Supremo establece que la escucha debe ser directa por el tribunal sentenciador.

. 1695/2024, de 17 de diciembre Se decreta la nulidad de la sentencia de apelación porque no se ha escuchado a los menores.

RÉGIMEN DE VISITAS SEGÚN LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO

El régimen de visitas entre progenitores e hijos menores es de las materias en las que el interés superior del menor es estudiado más a fondo en las sentencias del Tribunal Supremo en el período estudiado por el ponente, que citó las siguientes:

. 237/2025, de 12 de febrero En esta sentencia el Tribunal Supremo hace hincapié en la importancia de la fijación de un régimen de comunicación, configurándose como un derecho de doble titularidad. Se apoya en la Sentencia del TEDH de 13 de julio del 200 Asunto Scozzari y Giunta contra Italia en el que el Estado Italiano es obligado a abonar una doble indemnización, a la madre y los niños por impedir la relación entre ellos.

. 67/2025, de 13 de enero Estima el recurso de casación y, tras suspender el régimen de visitas establecido en segunda instancia, establece la libertad del niño de relacionarse con el padre a causa de la falta de relación entre ambos. Se trata de un padre ausente en la vida del hijo.

. 915/2024, de 26 de junio. Se suspenden las visitas en una situación de violencia de género.

LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO RELATIVAS A VISITAS DE ABUELOS

Únicamente dictó Nuestro Alto Tribunal la sentencia 918/2024, de 27 de junio, durante los doce meses previos a la ponencia, un caso novedoso en el que se deniegan las visitas porque el nieto no está impedido de la relación con su abuela, puesto que consta en autos que la visita cuando está con su progenitor. Y es requisito indispensable para que prospere la demanda que los abuelos estén impedidos de la relación con sus nietos.

GUARDA Y CUSTODIA SEGÚN LA SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO

Sobre la guarda y custodia se han pronunciado este año las sentencias del Tribunal Supremo:

STS 156/2025, de 30 de enero, que desestima el recurso de casación porque no se identifica correctamente la norma aplicable y tanto el Juzgado como la Audiencia Provincial han justificado correctamente el interés superior de los menores implicados a la hora de establecer la custodia y valorar la prueba psicosocial.

STS 981/2024, de 10 de julio. Esta sentencia hace un resumen de todos los criterios a tomar en consideración para establecer o no una custodia compartida. A causa del procedimiento penal en curso por el maltrato del padre sobre el niño no sólo se deja sin efecto la custodia compartida. también se suspenden las comunicaciones entre ambos porque es la única manera de preservar el interés del niño.

PATRIA POTESTAD

En el período estudiado las sentencias del Tribunal Supremo sobre la privación de patria potestad se circunscribe a la sentencia 106/2024 de 30 de marzo. Se priva al progenitor de la patria potestad porque no ha tenido relación con el niño desde su nacimiento. Mantener la patria potestad crearía inseguridad, al obligar a la madre a consensuar las decisiones con un padre ausente.

En sentido opuesto al anterior, se mantiene la titularidad conjunta de patria potestad en la sentencia 1707/2024, de 18 de diciembre. Sin embargo, en interés de la niña, se establece el ejercicio materno exclusivo durante dos años. El padre ha incumplido, pero no en entidad suficiente.

VIVIENDA FAMILIAR EN LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO

. 757/2024, de 29 de mayo. El supuesto enjuiciado es el de un matrimonio con un hijo con discapacidad y vivienda en copropiedad. Uno de los cónyuges es perceptor de una importante pensión y el otro carece de ingresos propios. Tras un compendio de sentencias relativas al uso de la vivienda y la pensión alimenticia, el Tribunal determina la cancelación de la inscripción del derecho de uso y establece el abandono de la vivienda 15 días antes de la subasta del inmueble o su venta en notaría.

. 1710/2024 de 18 de diciembre.- En este caso la vivienda es titularidad de uno sólo de los cónyuges. Tienen la custodia compartida de su hijo. Se mantiene el uso temporal por un año al cónyuge no propietario, pero se estima casación estableciendo una pensión de alimentos cuando cese el derecho de uso.

. 1489/2024, de 11 de noviembre.- En un caso de custodia compartida el Tribunal considera que la asignación de forma alternativa por anualidades no es razonable. Considera desproporcionada la atribución del uso a uno de ellos hasta la mayoría de edad del hijo (9 años). Lo limita a un año desde la sentencia de casación.

. 1312/2024, de 14 de octubre.- Esta sentencia deja sin efecto el establecimiento de casa nido. Otorga el uso de la vivienda al recurrente.

. 1669/2024, de 12 de diciembre. Estudia el uso de la vivienda más allá de la mayoría de edad en casos de hijos con discapacidad. Establece el uso del domicilio por tres años tras alcanzar la mayoría de edad para el hijo y el progenitor a su cargo.

. 1166/2024, de 23 de septiembre En este caso existe custodia única de los hijos. Sin embargo, la convivencia con un tercero, implica la extinción del derecho de uso. Se otorga el plazo de un año para dicha extinción.

EXTINCIÓN DE ALIMENTOS MAYORES DE EDAD

En la Sentencia 232/2024 se declara la extinción de la pensión de una hija mayor de edad con independencia económica desde el momento en que se produce el hecho porque supone un enriquecimiento injusto del progenitor perceptor de los mismos. El procedimiento de origen es un juicio ordinario, no un procedimiento matrimonial.

BIENESTAR ANIMAL

STS 1015/2024, de 17 de julio desestima la pretensión de contribución al alimento de los gatos de un matrimonio por extemporánea porque no se solicitó hasta la vista.

PENSIÓN COMPENSATORIA SEGÚN LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO

. 1436/2024, de 31 de octubre. Supuesto de demanda que introduce los elementos fácticos necesarios para estudiar si procede o no la pensión compensatoria. Se solicita la pensión en contestación. No se formula reconvención. La pretensión es desestimada en primera instancia por falta de reconvención y estimada en apelación. El Tribunal Supremo entiende que no hay indefensión y procede la pensión compensatoria. Sin embargo, establece la doctrina contraria en lo que a la pretensión de indemnización por trabajos del hogar porque en la demanda no aparecen los elementos fácticos.

. 1667/2024, de 12 de diciembre. La liquidación de la sociedad de gananciales no corrige en este caso el desequilibrio. A causa de ello no procede la extinción de la pensión compensatoria.

. 1593/2024, de 28 de noviembre Establece una pensión compensatoria en un supuesto en el que uno de los cónyuges percibe una pensión de gran invalidez de 2300 €. Abona una pensión alimenticia de 300 €. El otro, sin impedimento físico para trabajar, se ha dedicado a la familia por completo. Ambos son menores de 60 años. La pensión se establece en 700 € sin límite temporal porque se dan los presupuestos legales.

RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL

Gananciales

. 564/2024, de 25 de abril analiza detenidamente el régimen de pagos, deudas y obras realizadas en bienes comunes en la comunidad posganancial.

. 556/2024, de 24 de abril establece que las deudas gananciales pendientes en el momento de la disolución son una partida del pasivo, aunque no estén vencidas. También son partida del pasivo las cantidades actualizadas que uno solo de los cónyuges pagara de aquéllas que son a cargo de la sociedad. No se limitan estos créditos a las cantidades abonadas durante la vigencia de la sociedad. También pueden ser reclamadas aquéllas abonadas tras la disolución, Y deben ser reclamadas como pasivo en la liquidación de la sociedad.

. 11/2025, de 7 de enero establece que no fue correcto que el marido abonase con dinero común el IBI y la comunidad de propietarios de su vivienda privativa. El uso se atribuyó a la esposa. La esposa lo solicita en el procedimiento de liquidación de gananciales.

. 1472/2024, de 7 de noviembre.- Determina esta sentencia la validez de la condición de ganancial dado a la vivienda familiar al otorgar la escritura de compraventa. Resulta indiferente para la sala si el derecho de adquisición procedía de un derecho personalísimo de uno de ellos.

Separación del bienes

. 1498/2024, de 11 de noviembre. Trata la indemnización de trabajos en el hogar de un matrimonio al que le era de aplicación la Ley Valenciana declarada inconstitucional. El TS determina que durante un tiempo existió régimen de separación de bienes en contra de lo establecido en isntancia. Sin embargo, no procede el establecimiento de pensión. La mujer se dedicó a las labores del hogar. El marido aportó todos sus ingresos al sostenimiento de las cargas. No existe desequilibrio en la asunción de cargas.

. 458/2025, de 24 de marzo establece la doctrina del inicio del cómputo de prescripción de adeudos entre cónyuges. Lo establece en el momento del cese de la relación marital.

DISCAPACIDAD A TENOR DE LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO

. 1188/2024, de 24 de septiembre Esta sentencia analiza los límites y extensión de la curatela. Si en un ámbito no es necesario, no se establecerá. También determina que la voluntad de la persona curatelada ha de tenerse en cuenta para establecer quién será el curador. En el caso enjuiciado se manifestó en la entrevista durante el procedimiento judicial. No había documentos previos.

. 854/2024, de 12 de junio Si se vuelve a practicar la entrevista, la audiencia de parientes y solicitar el informe forense, no es causa de nulidad que éste se emita sin ver a la persona con discapacidad. La causa de esta falta de exploración en segunda instancia es la negativa de la persona con discapacidad. Se estima, sin embargo, el recurso de casación. Es necesario que el juez haga un pormenorizado estudio de las necesidades de la persona con discapacidad. También que la curatela tenga por finalidad la autonomía de dicha persona.

. 1449/2024 estudia el alcance y efectividad de un poder con cláusula de subsistencia otorgado previamente a la Ley 8/21. La respuesta es sí. No cabe el establecimiento de medidas judiciales de apoyo al existir un poder en vigor (medida voluntaria de apoyo).

. 767/2024, de 30 de mayo El curatelado tiene capacidad para solicitar el divorcio por sí mismo. La curatela establecida no afecta a esta facultad, sino a otras diferentes.