Hoy salgo en La Voz de Galicia
Hoy salgo en La Voz de Galicia. Y lo hago por una buena causa: la defensa de la implantación de una Jurisdicción especializada en Familia, Infancia y Capacidad.
Sí, estas son las tres materias que podríamos decir se incluyen en la especialización del Derecho de Familia.
Y sí, es muy necesario que tanto los jueces y magistrados como los fiscales, el personal del Juzgado y los equipos técnicos estén especializados. Pero, también, que a la formación de las personas físicas que componen la administración de justicia, se sumen los medios materiales.
Es muy importante todo ello en dos sentidos:
. La mejora en la calidad técnica de las respuestas que la Justicia da a familias, NNA (niñas, niños y adolescentes) y personas con discapacidad.
– La reducción de los tiempos en los que se producen estas respuestas.
El artículo
De todas estas cuestiones va el artículo en el que hoy salgo en La Voz de Galicia. Sin embargo, no sólo habla de ello, puesto que la periodista, Manuela Viñales, realiza una introducción previa a través de estadísticas de la actual situación de la tramitación de divorcios y custodias en España.
También cita la intervención de la presidenta de la AEAFA en la jornada de formación realizada en el Congreso de los Diputados recientemente, que ya resumí en el blog.
Y, finalmente, se recoge en el artículo mi entrevista, en la que soy brutalmente crítica con la actual situación de los Juzgados de Familia, haciendo especial mención a Galicia. también se recogen algunos de los casos reales que conté a la autora del artículo.
Casos
Un bebé indefenso
Los casos recogidos en el artículo en el que hoy salgo en La Voz de Galicia son dos de los cinco que le conté al periódico:
Por un lado el de un bebé sobre cuya custodia no se ha dictado resolución judicial alguna, pese a haberse solicitado medidas provisionales previas en el mes de febrero. Existe en este caso un claro riesgo de pérdida de la relación entre el bebé y su progenitor, puesto que en diciembre se impidió totalmente el contacto entre ambos. Y, desde enero, se ha limitado a unas estancias de 5 horas semanales, lo máximo a lo que el progenitor con el que vive ha permitido a mi cliente ocuparse del hijo en común.
Estos casos son tristemente muy frecuentes. Un progenitor abusando de que todavía no ha conocido el Juzgado sobre la custodia de sus hijos, se «apropia» de ellos. Y mientras el Juzgado tramita muy lentamente el asunto, la relación entre ambos se resiente o, incluso, se pierde.
Éste caso es especialmente grave porque hablamos de un bebé que actualmente tiene poco más de un año y tenía apenas unos pocos meses cuando sus padres finalizaron su relación de pareja, un ser totalmente indefenso.
Pero no es el único.
La adolescente que, sin dar motivos, no quería ver a su padre
El artículo también narra la historia de una adolescente que, sin argumentos, se negaba a ver a uno de sus progenitores. Y, precisamente, sobre el establecimiento de tiempos rígidos de visitas o de libertad de visitas, trató el pleito de divorcio de sus padres. No sirvió de mucho que el Juzgado en primera instancia nos diera la razón porque nunca se cumplió.
¿Y qué hizo el Juzgado ante el incumplimiento?
Denegar la ejecución forzosa de la sentencia porque, además de pedir que se requiriera al progenitor incumplidor para que entregara a la menor, también se solicitó el nombramiento de un coordinador de parentalidad. Como el juez ni conocía ni estaba a favor de la figura, denegó todo.
Cuando meses más tarde la Audiencia Provincial nos dio la razón sobre el requerimiento, ya era tarde. Casi a la vez, y ante la reticencia de la adolescente de que se estableciera el régimen rígido de visitas, aún cuando la Audiencia Provincial deja constancia de que no existe ninguna causa objetiva para ello, revocó la sentencia de primera instancia basándose en la voluntad de la menor. Estableció la libertad de las visitas que, obvio es decirlo, nunca se han cumplido.
Este caso también es extremadamente frecuente. Pero, más allá de la tristeza que pueda causar la pérdida de un padre de su hija, en lo que atañe a la falta de especialización, lo relevante es que el Juez no admitiera a trámite una ejecución forzosa de un régimen de visitas claramente incumplido, y el hecho de que un Juez de Familia desconociera la figura de la coordinación de parentalidad, y la Jurisprudencia que permite su nombramiento en fase de ejecución.
La coordinación de parentalidad
Por si alguien está interesado y, viendo que no queda muy bien explicada la figura en el artículo, AQUÍ os dejo un directo de Instagram dónde Mónica Gil, coordinadora de parentalidad explica estupendamente qué es y para que sirve esta figura, todavía no regulada legalmente en España.
Agradecimientos
Que yo hoy salga en La Voz de Galicia, se debe a muchos factores, por ello debo agradecer a todos los intervinientes.
En primer lugar gracias al propio periódico por interesarse por esta reivindicación de la abogacía especializada en Derecho de Familia y por proporcionarme en abierto el artículo para que lo podáis leer en mi blog.
En segundo lugar gracias a la AEAFA por proporcionar a La Voz de Galicia mi contacto, y por el discurso de su presidenta, Lola López Muelas Vicente, en el Congreso de los Diputados el pasado 28 de junio, que fue lo que puso en la pista al periódico gallego.
Finalmente, pero no por ello menos importante, gracias a Manuela Viñales por la entrevista y las facilidades, y a Mercedes Moralejo por una estupenda fotografía que ilustra el artículo y su disposición para venir hasta mi despacho para sacarla, y el rato de charla hablando de conocidos que descubrimos que teníamos en común.
El artículo completo

Aunque he dado difusión al enlace al artículo, se trata de un contenido de pago, por lo que quizá alguien no haya podido leerlo. Aquí os lo dejo en su integridad gracias a la generosidad de La Voz de Galicia que me lo ha proporcionado y autorizado a publicarlo en mi blog.