Presentación
VII Jornadas de Derecho de Familia de A Coruña cambiaron de lugar de celebración. Esta vez la abogacía de familia gallega se encontraría en la Fundación Barrié.
Un año más aquí estoy. Espero que esta edición sea tan interesante como las anteriores…
La presentación estuvo a cargo, como no, aunque esta vez de manera virtual, de la presidenta de la AEAFA, presidenta del Consello da Avogacía galega, Decano del ICA Coruña, Director Xeral de Xustiza, Fiscal Jefe, Presidente del TSJ de Galicia y la codirectora de las Jornadas, Pilar Cortizo.
Ley de segunda oportunidad y su incidencia en supuestos de ruptura matrimonial
La ponente es Amelia María Pérez Mosteiro, titular del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Pontevedra. Es muy interesante que nos hable de la materia quien ha de verla en la práctica cada día.
Ha iniciado su ponencia haciendo mención a la recuperación de la competencia de los concursos de persona natural de los Juzgados especializados de Mercantil, muy conveniente por la complejidad procesal de los concursos de acreedores.
Ya no existe el acuerdo extrajudicial de pagos desde la entrada en vigor de la nueva Ley Concursal. La solicitud del concurso puede presentarse conjuntamente por el matrimonio o pareja de hecho inscrita según el artículo 33 de la Ley Concursal. Si se presentan separadamente habrá que solicitar la tramitación conjunta ya que no puede hacerlo el Juzgado de oficio.
También trató la disyuntiva en la competencia entre los Juzgados de lo Mercantil, los Juzgados de Violencia contra la Mujer y el Juzgado de Familia en materia de comunidad de bienes.
Otra materia tratada por la ponente ha sido el de los alimentos, tanto del concursado como de sus familiares. Consejo de la magistrada: Justificar y solicitar alimentos necesarios que excedan del salario mínimo interprofesional.
Una vez analizado de manera genérica el procedimiento de concurso, entramos en cuestiones sustantivas sobre liquidación de comunidad de bienes. Existe disparidad de criterios entre los Magistrados de Mercantil entre el orden de pagos. ¿Quién cobra primero, los acreedores gananciales o los acreedores concursales en la liquidación?
Y, por fin, llegamos a la estrella del concurso de acreedores de persona natural no empresaria: Exoneración de pasivo insatisfecho y su nueva regulación según la Ley 16/2022.
Ejecución en procesos de familia
Hablar de un tema tan candente en el día a día de la abogacía de familia está a cargo de Eva María Martínez Gallego, magistrada de familia en Salamanca.
Finalidad, requisitos y contenido del informe sicosocial en procedimientos de familia
La ponente, Francisca Fariña Rivera, ha recalcado en su presentación que es Amiga de la AEAFA. Eso lo dice todo de lo interesante que se prevé la ponencia.
Empieza hablando del estrés que infringen los progenitores a sus hijos en el proceso de divorcio afecta a su cerebro, a su sistema hormonal y a su salud en general. Autores plantean el divorcio como problema de salud pública. Y la función de la justicia terapéutica en este contexto.
Finalidad
El Consejo de Europa habla de la necesidad de la parentalidad positiva en la Recomendación Rec 19/2006. Parentalidad positiva de la que también se habla en la Ley Orgánica 8/2021
El informe pericial se debería realizar para reducir y/o acortar la exposición de los niños al conflicto. Los operadores jurídicos deberán usar el proceso de evaluación para sensibilizar a los progenitores en las necesidades de sus hijos/as. Los psicólogos deben realizar informes constructivos que se centren en las competencias positivas de cada progenitor.
Los abogados deben ayudar a su clientes a revisar el informe y procesarlo de manera constructiva para sus hijos/as.
Por su parte, los jueces y fiscales han de saber diferenciar una evaluación con enfoque positivo de aquellas que se plantean de forma negativa. Y aquéllos que son rigurosos de los que no lo son.
Es importante averiguar cuál es el enfoque y la formación de quien elabora los informes periciales, que respeten los estándares internacionales. Hay que incidir en el conflicto de rol de los psicólogos (terapéutico, pericial).
El primer propósito de la evaluación pericial es evaluar los intereses en términos psicológicos del niño/a o adolescente (medir los factores familiares e individuales).
El interés de los niños/as y adolescentes son el objetivo a lograr.
Contenido
¿Qué debe evaluar un informe psicosocial?
. El estilo de coparentalidad
. Análisis del conflicto (pre y post ruptura)
. Evaluación del ajuste psicológico del los progenitores, en relación a la capacidad parental y las necesidades de los hijos.
. Nivel de adaptación a la situación familiar tras la ruptura
. Situación social y apoyos disponibles
. Aspectos económicos, laborales y de infraestructura.
. Habilidades parentales en relación a la satisfacción de las necesidades de los hijos.
. Estilo educativo de los progenitores
. Motivación de los progenitores para el ejercicio de la guarda y custodia.
. Capacidad de cada progenitor para separar el rol de pareja del rol parental, así como la actitud de cada uno respecto del contacto de los hijos/as con el otro progenitor.
Acabó hablándonos del gatekeeping y su tipos.
Evaluación
Para poder evaluar una familia ha de dedicársele tiempo.
Desconfiemos de los test proyectivos.
Fiscalidad en asuntos de derecho de familia y discapacidad
Esta ponencia está a cargo de David Platero López de Turiso.
Aportación de gananciales y los pactos de atribución de ganancialidad Se ha consolidado la Jurisprudencia del derecho de reembolso, sin presumir la donación, que pasará al pasivo del inventario de la liquidación de gananciales en su valor actualizado.
¿Cómo tributa una aportación a la sociedad de gananciales?
. Si la causa es onerosa
. Causa lucrativa: Tributa en la renta del donante como ganancia patrimonial en IRPF. 295/2021 de 3 de marzo de la sala contencioso del Tribunal Supremo. No existe el hecho imponible ni en IRPF, ni en donaciones y está exento en ITP para el cónyu
Consulta Vinculante 428/2022, de 3 de marzo, sigue diciendo que para el aportante sigue tributando como ganancia patrimonial en IRPF. Sentencia TSJ de Galicia de 2 de julio de 2014. Presentaría autoliquidación y reintegro de cantidades indebidas. El reembolso tributa como ganancia patrimonial por la actualización. Si se produce el reintegro del bien no hay ganancia patrimonial.
194/2021, de 5 de mayo del TSJ de Extremadura.
Pactos sucesorios gallegos
Art. 33 Ley de Renta. 11 de julio de 2021 si se transmite en cinco años o antes del fallecimiento tributa.
Disolución y liquidación de la sociedad de gananciales
Sentencia 28 de junio de 1999, Está exento, aunque haya compensación con bienes extragananciales. Se aplica a la separación de bienes. Los excesos de adjudicación no tributan en ITP.
Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de noviembre de 2010 tributan en IRPF como ganancia patrimonial si hay dinero extraganancial. También tributa cuando se adjudica la hipoteca y el bien a uno, y nada a ello.
Negociar el impacto fiscal en los convenios.
Discapacidad
Se equipara la curatela representativa a las tutelas y continúa la incapacitación en tanto no se adapta la sentencia a la ley 8/21, Criterio de la Agencia Tributaria. sentencia 294/2023 de 8 de marzo de la sala de lo contencioso.
Mesa redonda sobre la Ley 8/2021
Miguel Vieito Villar, Irene Culebras Llana, Eva María Martínez Gallego, Zayda Sierra Sánchez, Víctor Peón Rama.
Cuestiones controvertidas suscitadas en la práctica. Zayda.
Problemas con la guarda de hecho. Hay que acudir a pedir otras medidas de apoyo cuando no es suficiente, cuando la guarda no se ejerce de manera adecuada,.
¿Cómo se acredita la guarda de hecho? Amplio abanico. Informes de intervención de autoridades o administrativos, libro de familia, informes policiales por actuaciones, informes de la residencia, testificales, acta de notoriedad, informes del MF en otros procedimientos judiciales, entrevista con la persona con discapacidad. Importante dejar constancia de quien es el guardador y cuáles son sus facultades.
¿Cómo se realiza la comparecencia de la persona con discapacidad? Si no se realiza no puede continuar el procedimiento de jurisdicción voluntaria.
Medidas voluntarias de apoyo típicas y atípicas. Víctor Peón. Recuperar la seguridad jurídica en virtud de la autonomía de la voluntad mediante las medidas voluntarias de apoyo. Documento en el que nos limitemos a indicar voluntades, deseos y preferencias. Poderes y mandatos. Complementar los poderes ad cautelam con el establecimiento de qué documentos serían necesarios para la entrada en vigor del poder, dejarlo lo más objetivo posible. El poder genera problemas en situaciones personales y el ámbito asistencial. La autocuratela puede ser un mecanismo de cierre de los poderes. Medidas de supervisión y control.
Irene Culebras. Guarda de hecho. Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de enero de 2023´. Se está instaurando como figura preferente la guarda de hecho.
Francisco Manuel Ordóñez Armán. El derecho de sucesiones.
Juicio de capacidad. Sustitución ejemplar. Nulidad de las disposiciones a favor del curador representativo. No surte efecto la disposición en la institución donde esté internado el discapacitado. art. 753.
Eva María Martínez Gallego. Medidas judiciales de apoyo.
Testimonio real
Ismael, una persona con Daño Cerebral Adquirido vino a contarnos su experiencia personal con la Ley 8/2021.
Análisis de la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo
Como en cada jornada que organiza la AEAFA, el magistrado del Tribunal Supremo, José Luis Seoane Spielgelberg nos hizo un resumen de las últimas sentencias del Tribunal Supremo en materia de familia y discapacidad.
Se abordaron materias tales como la flexibilidad del procedimiento impuesto por la necesidad de que la resolución tenga por finalidad el interés superior del menor.
sts282/2023
Cuestiones de actualidad en la liquidación de los regímenes matrimoniales
La ponencia estuvo a cargo de un gran experto en la materia, Ángel Luis Rebolledo Varela.