Llevo unos meses complicadillos que han impedido que escribiera en el blog. Pero, como si fuera obra del destino, en las últimas semanas han entrado en el despacho casos de protección y cuidado a menores y personas mayores, así que he pensado que igual era el momento de hacer un resumen de un evento muy interesante al que asistí en León el pasado 17 de septiembre, unas jornadas de formación tituladas «Protección Jurídica de las Personas Mayores» organizado por FUNDACIÓN DOMUS VI y FUNDACIÓN AEQUITAS. Espero que os resulte interesante y os genere curiosidad.
Me llamó la atención el gran número de asistentes, acostumbrada a que todas las jornadas jurídicas tengan poca asistencia, ver la entrada al recinto llena de gente con su pack de asistente me llamó poderosamente la atención y me alegró, la verdad.
También me resultó muy interesante el hecho de ser de las pocas juristas de la sala, cuyo público lo componían fundamentalmente personal que trata en el día a día con personas mayores: personal sanitario, trabajadores sociales, etc.
Las jornadas consistieron en cinco ponencias, cada cual más interesante que la anterior:
1.»MEDIDAS DE CONTROL DE LA SITUACIÓN DE LAS PERSONAS MAYORES»
Comenzó el día el fiscal de familia, extranjería y personas con Discapacidad en la Fiscalía de Jaén, Cristóbal Fábrega, haciéndonos un resumen histórico-jurídico de la protección de las personas, para centrar su ponencia en la garantía de los Derecho Fundamentales de las personas mayores: dignidad, intimidad y respeto a su voluntad han de ser principios que operen en trato y la protección a nuestros mayores. También nos recordó que la atención debe estar centrada en la persona. Me sorprendió para bien el compromiso del ponente como fiscal con la materia y su manera de implicarse en el trabajo que desarrolla día a día en la Fiscalía, hasta tal punto que en la pausa café le felicité no por la charla, sino por su labor.
En lo que a cuestiones jurídicas se refiere, nos habló del papel del Ministerio Fiscal, hizo mención sobretodo al internamiento: citó el artículo 762 de la Ley de Enjuiciamiento Civil como la vía para que el Ministerio Fiscal inste medidas cautelares y nos aconsejó que en los escritos solicitando el internamiento se haga mención a todas las medidas previas al internamiento que no resultaron eficaces, como justificación de la necesidad de internamiento.
Finalmente nos indicó una serie de documentos de mucha utilidad a las familias, los profesionales del ámbito asistencial e, incluso a los juristas: Manual de buenas prácticas en la protección a las personas con discapacidad y Guía practica de modificación de la capacidad
2. «PREFERENCIAS EN LOS CUIDADOS DE LAS PERSONAS MAYORES. CUESTIONES ÉTICAS»
Continuaron las jornadas con la intervención del Director de la Fundación Domus Vi, Javier Jiménez, quien nos habló de la ética de los cuidados partiendo de la ecuación del hombre según Al Khawarizmi, en la que a la ética se le asigna el número 1. También nos recomendó una película que yo aún tengo pendiente «Amanecer de un sueño», para terminar explicándonos cuales son las virtudes de un buen cuidador, dando especial relevancia a que la competencia del mismo ha de partir no sólo de la técnica, sino sobretodo de la ética. Un buen cuidador ha de hallar el equilibrio entre la cabeza y el corazón.
3. «VISIÓN Y EXPERIENCIA PRÁCTICA DE LOS PROFESIONALES»
A cargo de la trabajadora social de la residencia Nuestra Señora del Camino, Eva Rodríguez, me resultó especialmente interesante, más allá de toda la normativa y fundaciones tutelares que mencionó, y me removió la conciencia el vídeo final que, desde luego nos hizo ver a los mayores no como personas «incapaces», sino como quienes hicieron grandes cosas, tomar conciencia además de que por mucho que luches la vejez llegará.
4. MESA REDONDA: «HERRAMIENTAS JURÍDICAS PARA LA PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA Y PARA LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS MAYORES»
Obviamente, desde el punto de vista profesional, ésta fue la parte que más interesante me resultó, al girar las ponencias alrededor de cuestiones puramente jurídicas.
Bajo este epígrafe dos ponentes, Notario y Fiscal, respectivamente nos dieron pautas y herramientas que permiten la autonomía y protección eficaz de las personas mayores acordes a la regulación más reciente en la materia.
Por una parte, D. Fernando Pérez, Notario de León, nos habló de los distintos instrumentos con los que una persona puede hacer frente a su futuro de manera que se proteja su patrimonio y tenga el mayor poder de decisión al respecto.
Nos habló de manera pormenorizada de los requisitos y consecuencias de figuras tan interesantes como el poder preventivo, la autotutela o el testamento vital. Nos habló también de figuras alternativas a la tradicional del tutor: la curatela y la guarda de hecho.
Por su parte, D. Javier Gutiérrez, Fiscal Coordinador de Discapacidad de Castilla y León, hizo girar su charla en torno a una reflexión: «de dónde venimos y a dónde vamos».
A día de hoy, a raíz de la Convención de Nueva York, la visión de la discapacidad y de las medidas protectoras tienen como fundamento la potenciación de la autonomía, por lo que la figura del tutor es una figura a extinguir, a salvo los casos más graves. Siempre que se posible deberá adoptar por la menor modificación de la capacidad jurídica y el establecimiento de medidas de protección más laxas que la tutela. Surgen con fuerza figuras como el curador, el defensor judicial o el guardador de hecho, antaño poco utilizadas, además de los instrumentos notariales a lo que ya hiciera mención el anterior ponente (testamento vital, poder preventivo), susceptibles de registro, por lo que se obtiene seguridad jurídica, tanto para el otorgante como para los cuidadores, una vez que su labor sea precisa.
Un consejo práctico muy relevante: la demanda de modificación de la capacidad deberá ser lo más exhaustiva posible respecto de las facultades que deben ser retiradas de la capacidad de obrar para evitar vulnerar los derechos del discapacitado, asegurándole la mayor autonomía posible.
Finalmente, muy interesante me resultó la figura del patrimonio protegido y toda su regulación, par ala protección de personas con discapacidad.