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Exploración judicial o cuando los niños van a hablar con el Juez

¿Qué es la exploración judicial o cuando los niños van a hablar con el juez?

Exploración judicial o cuando los niños van a hablar con el Juez parece un título lo suficientemente explicativo, pero os voy a contar el por qué, cuándo y cómo.

Os preguntaréis en qué consiste una exploración judicial. Mis hijos el otro día se asustaron cuando les conté que los hijos de mis clientes iban a exploración judicial. Enseguida identificaron exploración judicial con una exploración corporal de los niños. Pero nada más lejos de la realidad.

Quienes nos dedicamos al Derecho de familia llamamos exploración judicial a la entrevista de las hijas e hijos menores de nuestros clientes con la Jueza o el Juez que va a resolver sobre su custodia y alimentos en supuestos de ruptura.

Origen de la exploración judicial

Supongo que más de una persona se preguntará por qué las niñas y los niños tienen que hablar con Jueces.

El origen de esta práctica y su razón de ser es un Derecho Fundamental que asiste a los niños, niñas y adolescentes: ser escuchados.

Este derecho es analizado en La Observación General 12 del Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas.

A él se refieren el artículo 12.2 de la Convención sobre los derechos del niño, el artículo 3 del Convenio europeo sobre el ejercicio de los derechos de los niños, el artículo 15 de la Carta Europea de los Derechos del Niño y el artículo 24.1 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

También se cita en varias ocasiones en la ley española. Ejemplos de ello son los artículos 2.5.a) y 9 de la Ley de Protección Jurídica del Menor, el artículo 11 de la Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia y el artículo 92.2 del Código Civil.

En ninguno de estos artículos se establece una edad mínima. Niñas, niños y adolescentes han de ser escuchados por la autoridad que vaya a tomar una decisión que les afecte.

Es un derecho irrenunciable según el Tribunal Constitucional. Y, según el Tribunal Supremo influye de manera esencial en el procedimiento, lo que significa que si no se escucha a los niños se puede anular la decisión de los jueces.

Toda regla tiene una excepción

El derecho a ser escuchados que tienen niñas, niños y adolescentes también tiene una excepción. Cuando escucharlos, es decir, que el niño hable con el Juez, resulta más perjudicial para él que expresar su opinión, podrá excluirse su intervención en el procedimiento.

Pero sólo en este caso y Su Señoría debe justificarlo motivadamente.

No escuchar a niñas, niños y adolescentes es muy excepcional.

Cómo escuchan los Jueces a los niños. Exploración judicial

Lo deseado en la exploración judicial…

Existen muchas maneras de realizar la exploración de los menores. Lo deseable es que niñas, niños y adolescentes tengan una información en casa neutral y tranquilizadora.

En cuanto a jueces y fiscales, el Comité de los derechos del niño de la ONU ya dio unas pautas en 2009 en su Observación general 12.

Pero, por si ello no fuera suficiente, el Consejo General del Poder Judicial, ha hecho llegar a los jueces una guía de actuaciones en materia de custodia compartida, en cuyo Anexo VIII (páginas 395 a 408) incluye unas recomendaciones para la realización de la exploración, para entrevistar a niñas, niños y adolescentes en conflictos de familia.

Recomendaciones básicas son las siguientes:

  1. Espacio: Es importante que tenga lugar en un espacio cómodo, poco formal. Jueces y fiscales deben vestir de forma informal, no posicionarse detrás del escritorio ni en un lugar más alto o que implique superioridad frente a los menores.
  2. Espera: Habrá de reducirse al máximo. Los menores deberán ser atendidos de inmediato al entrar en el Juzgado.
  3. Momento: NUNCA EL DÍA DEL JUICIO
  4. Entrevistador: Debe favorecer la confianza para que el menor se exprese libremente.

La entrevista ha de constar de varias fases:

  1. Fase inicial o toma de contacto. El saludo es importante. Debe ganarse la confianza del menor, conocer su nombre y el de sus familiares, sus circunstancias, etc.
  2. Explicación de las normas. Es necesario que el menor entienda las consecuencias de la entrevista. Ha de darse suficiente tiempo para que niñas, niños y adolescentes asimilen la situación. Una consigna básica es no apremiarles con el tiempo, tomárselo con calma.
  3. Exploración. Nuevamente habrá de tomarse el tiempo necesario y hacer una escucha activa y continuada del menor, que se sienta escuchado.

La realidad de la exploración judicial…

Errores de la exploración judicial o cuando los niños van a hablar con el Juez

Progenitores

Como abogada de familia he podido comprobar que es muy habitual que niñas, niños y adolescentes no vayan a la entrevista con jueces y fiscales debidamente preparados por sus progenitores y progenitoras. Es habitual hacerles partícipes del conflicto, hacerles regalos poco frecuentes antes del conflicto o relajar las normas de convivencia una vez que éste se inicia. También es muy frecuente que acudan acompañados por uno solo de sus progenitores o una sola de sus progenitoras.

La solución a esto probablemente esté en manos de los profesionales que asesoran a las y los progenitores. Se trata de una labor de concienciación que debemos tener en cuanta los abogados y abogadas de familia.

Quizá otra solución sea la que yo he llevado a cabo dando talleres de divorcio a menores y progenitores en centros educativos.

Todas las personas implicadas deberíamos ponernos las pilas y no mirar a otro lado.

Administración

No existen salas especiales para la exploración de menores en la mayoría de los Juzgados en España, por lo que se terminan celebrando en la propia sala de vistas o en el despacho de la jueza o el juez que va a hacer la exploración. Por si alguien no ha ido nunca a un Juzgado, os diré que estos despachos son cualquier cosa menos lugares informales y acogedores decorados con colores suaves.

Ejemplo de todo lo contrario es el Juzgado de Protección a la Infancia y adolescencia de Las Palmas de Gran Canaria. Ello demuestra que con presupuesto y voluntad, es posible.

Los equipos técnicos (trabajadores sociales y psicólogos del Juzgado) nunca están en la exploración ni auxiliando a jueces y fiscales. Normalmente están sobre saturados. Para realizar sus propios informes tienen tiempos de espera de meses o años. Con este volumen de trabajo parece poco probable que les quede tiempo para estar presentes en las exploraciones.

Nuevamente, con presupuesto y voluntad de la Administración competente es posible que mejoraran las condiciones en las que se hacen las exploraciones de los menores.

Jueces y fiscales

Pero, sin duda, la mayor responsabilidad de la correcta o incorrecta celebración de la exploración de los menores es de jueces y fiscales.

Son jueces y fiscales quienes llevan a cabo las exploraciones.

Y, desgraciadamente, rara vez se llevan a cabo como recomiendan el Consejo General del Poder Judicial y el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas.

El error más frecuente que cometen es citar a niñas, niños y adolescentes el mismo día del juicio. Ese error concatena, al menos, otros dos: se celebran las exploraciones con toga, en la sala de vistas y con prisa. Si, además, el Juzgado lleva retraso, los niños esperan un tiempo considerable para ser atendidos. Y, desde luego, no en el mejor de los ambientes. Recordemos que sus progenitores o progenitoras están a punto de enfrentarse en un juicio, con todo lo que ello implica.

En el supuesto de progenitores de lo más civilizado los menores van de un lado al otro del pasillo para estar alternativamente con uno u otro, con una u otra, con una u otro. La inmensa mayoría de las veces están con uno solo de sus progenitores (quien lo ha llevado al Juzgado) que no mira con buenos ojos al otro, situado al otro lado de la zona de espera.

Y creo que aquí la abogacía de familia también puede tener la solución en su mano. Por ello, he preparado un modelo de escrito para recurrir la resolución en la que se cite a los menores para exploración el mismo día del juicio.

Aquí os lo he dejado en el formato que me permite el blog, pero si alguien lo quiere en formato editable que me remita un correo electrónico (avogada@mariamarinho.gal) y, con gusto, se lo remitiré.

Espero que esta entrada del blog resulte de utilidad para profesionales pero, sobre todo, para niñas, niños y adolescentes a quienes quiero dejar de ver en el momento previo al juicio por los pasillos del Juzgado.